martes, 17 de enero de 2017

El trabajo del Equipo Técnico de Egresados Náuticos en la Mesa Sectorial de Transporte Acuático del Sistema Nacional de formación para el Trabajo de Colombia.



Un grupo conformado por Oficiales Mercantes “Restringidos”, egresados del SENA y de la Escuela de Suboficiales de la Armada Nacional durante la segunda semana del mes de abril de 2011 ha realizado el análisis de la estructura para la certificación de Oficiales de Cubierta (Oficiales Mercantes) de acuerdo a lo contemplado en el STCW-95 (Enmendado), analizado nuevamente el Dec 1597/88 y la Ley 35/81 con el fin de desarrollar el cuadro “INSUMO MAPA FUNCIONAL ENFOQUE LEGAL” con el fin de elevar las propuestas respectivas al Equipo Técnico de la Mesa y así mismo contribuir al desarrollo de las Normas de Competencia Laboral que permitan la generación del recurso humano necesario para el desarrollo marítimo verdadero de nuestro país. 

Con base la posición asumida por los Egresados Náuticos desde la creación del grupo de buscar como objetivo primordial el escalafonamiento (pasar de ser “restringidos”) y titulación de sus miembros en el nivel de “ilimitados” en tonelaje de arqueo bruto  mediante la capacitación y realización de cursos “reglamentarios” y establecidos (aceptados?) por la DIMAR, se tiene como tarea primordial contribuir ya no a la modificación del Dec 1597/88 sino más bien a la expedición de una nueva Ley reglamentaria del  “Convenio internacional para la formación, titulación y guardia para la gente de mar de 1995”  que contemple cada una de las directrices internacionales del Convenio y que nos brinde la oportunidad de acceder a nuevos cargos laborales.  Es así que se hace necesario desde un enfoque técnico objetivo, adoptemos inicialmente las definiciones marítimas necesarias que permitan el diseño posterior de las normas de competencias laborales para que cada persona desarrolle la actividad en el marco de una legislación clara y sin perder la objetividad del desempeño como tal.

Toca necesariamente “legislar”, es decir, que el Congreso de la República promulgue la norma por medio de la cual se adopta el Convenio STCW-95 (Enmendado) y que esta labor se inicie por parte de la DIMAR en cumplimiento a su función de “Asesorar al Gobierno sobre acuerdos, convenios y tratados internacionales en materia marítima y velar por su ejecución” y posteriormente sea la DIMAR que reglamente en forma clara y reiteramos, en forma objetiva la misma. Si es necesario la conformación del llamado “Consejo Marítimo y Portuario” (que de acuerdo a la ley debe reunirse una vez al mes  y que desconocemos cuando fue la última vez que fue convocado, que trato y cuales fueron sus recomendaciones) o la conformación de otras nuevas mesas de trabajo en las cual estaremos prestos a participar (bienvenida sea esta iniciativa).

Necesariamente ya es hora de que de una vez por todas desarrollemos el tema marítimo desde un enfoque igualitario y consecuente con las tendencias mundiales, donde palabras como “globalización de la economía y mercados” y la suscripción de “Tratados de Libre Comercio” regionales y mundiales son tema de boca en boca y donde los participantes realmente estemos desprendidos de los argumentos de hegemonía escuelista y tradicional y afrontemos realmente el reto que se nos presenta en el ámbito mundial como país marítimo.


 Oscar Ramón Quintana Marrugo
Primer Oficial de Puente Categoría “B” (Restringido a 3000 TRB).

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