Un grupo conformado por Oficiales Mercantes
“Restringidos”, egresados del SENA y de la Escuela de Suboficiales de la Armada
Nacional durante la segunda semana del mes de abril de 2011 ha realizado el
análisis de la estructura para la certificación de Oficiales de Cubierta
(Oficiales Mercantes) de acuerdo a lo contemplado en el STCW-95 (Enmendado),
analizado nuevamente el Dec 1597/88 y la Ley 35/81 con el fin de desarrollar el
cuadro “INSUMO MAPA FUNCIONAL ENFOQUE LEGAL” con el fin de elevar las
propuestas respectivas al Equipo Técnico de la Mesa y así mismo contribuir al
desarrollo de las Normas de Competencia Laboral que permitan la generación del
recurso humano necesario para el desarrollo marítimo verdadero de nuestro
país.
Con base la posición asumida por los Egresados Náuticos
desde la creación del grupo de buscar como objetivo primordial el
escalafonamiento (pasar de ser “restringidos”) y titulación de sus miembros en
el nivel de “ilimitados” en tonelaje de arqueo bruto mediante la capacitación y realización de
cursos “reglamentarios” y establecidos (aceptados?) por la DIMAR, se tiene como
tarea primordial contribuir ya no a la modificación del Dec 1597/88 sino más
bien a la expedición de una nueva Ley reglamentaria del “Convenio internacional para la formación,
titulación y guardia para la gente de mar de 1995” que contemple cada una de las directrices
internacionales del Convenio y que nos brinde la oportunidad de acceder a
nuevos cargos laborales. Es así que se
hace necesario desde un enfoque técnico objetivo, adoptemos inicialmente las
definiciones marítimas necesarias que permitan el diseño posterior de las
normas de competencias laborales para que cada persona desarrolle la actividad
en el marco de una legislación clara y sin perder la objetividad del desempeño
como tal.
Toca necesariamente “legislar”, es decir, que el Congreso
de la República promulgue la norma por medio de la cual se adopta el Convenio
STCW-95 (Enmendado) y que esta labor se inicie por parte de la DIMAR en
cumplimiento a su función de “Asesorar al Gobierno sobre acuerdos, convenios y
tratados internacionales en materia marítima y velar por su ejecución” y
posteriormente sea la DIMAR que reglamente en forma clara y reiteramos, en forma
objetiva la misma. Si es necesario la conformación del llamado “Consejo
Marítimo y Portuario” (que de acuerdo a la ley debe reunirse una vez al
mes y que desconocemos cuando fue la
última vez que fue convocado, que trato y cuales fueron sus recomendaciones) o
la conformación de otras nuevas mesas de trabajo en las cual estaremos prestos
a participar (bienvenida sea esta iniciativa).
Necesariamente ya es hora de que de una vez por todas
desarrollemos el tema marítimo desde un enfoque igualitario y consecuente con
las tendencias mundiales, donde palabras como “globalización de la economía y
mercados” y la suscripción de “Tratados de Libre Comercio” regionales y
mundiales son tema de boca en boca y donde los participantes realmente estemos
desprendidos de los argumentos de hegemonía escuelista y tradicional y
afrontemos realmente el reto que se nos presenta en el ámbito mundial como país
marítimo.
Oscar Ramón Quintana Marrugo
Primer Oficial de Puente Categoría “B” (Restringido a 3000 TRB).
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